Venta de inmuebles e IVA
Al vender un piso o una casa, a menudo surge la pregunta de si se aplica el IVA al precio de compra. Para los vendedores particulares, la respuesta es casi siempre no. En el caso de los inmuebles comerciales, merece la pena examinarlo más detenidamente.
Principio general: exento de IVA
Las ventas de propiedades inmobiliarias sujetas a la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales están exentas de IVA según el § 4 n.º 9a de la Ley del IVA (UStG). En su lugar, el comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que en Berlín es del seis por ciento del precio de compra. Por lo tanto, para los propietarios particulares, el IVA no suele desempeñar ningún papel en la venta.
Opción de tributar por IVA en actividad comercial
Si un empresario vende a otro empresario, se puede renunciar a la exención fiscal según el § 9 de la Ley del IVA (UStG). La opción debe declararse en el contrato de compraventa notarial. El comprador es entonces el deudor del impuesto en virtud del mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Esto es relevante principalmente para inmuebles de uso comercial.
Tener en cuenta el ajuste del IVA soportado
Si se dedujo el IVA soportado en la compra o en reformas, una venta exenta de impuestos en un plazo de diez años puede dar lugar a una devolución proporcional (§ 15a UStG). Alternativamente, se puede considerar la transmisión de una unidad económica autónoma si se transfiere un inmueble alquilado junto con los contratos de arrendamiento. En este caso, el asesoramiento fiscal es indispensable.
IVA sobre gastos adicionales
Aunque el precio de compra esté exento de impuestos: la comisión del agente inmobiliario, los gastos de notaría y los informes periciales incluyen cada uno un 19 por ciento de IVA. Al consultar ofertas, preste atención a si los importes se indican netos o brutos.